El período 2021-2029 constituye la segunda etapa cronológica del Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea que tenía como antecedentes el Instrumento de Financiación de la Protección Civil (2007-2013) y el Programa de acción comunitaria en el ámbito de la protección civil (2000-2006).
El Mecanismo de la Unión apoyará, complementará y facilitará la coordinación de la acción de los Estados miembros para:
a) lograr un elevado nivel de protección frente a las catástrofes mediante la prevención o la reducción de sus posibles efectos, el fomento de una cultura de prevención y la mejora de la cooperación entre los servicios de protección civil y otros servicios competentes;
b) mejorar la preparación a nivel de los Estados miembros y de la Unión para reaccionar ante las catástrofes;
c) facilitar una respuesta rápida y eficaz en caso de catástrofe, ya sea o no inminente; y
d) aumentar la sensibilización y la preparación de los ciudadanos ante las catástrofes.
El Mecanismo regula la concesión de ayuda financiera destinada a:
1. Medidas de prevención.
2. Gestión del riesgo.
3. Medidas comunitarias y nacionales en materia de preparación.
4. Creación de un Centro de Coordinación de la Repuesta a Emergencias.
5. Planificación de las operaciones.
6. Creación de la Capacidad Europea de Respuesta a Emergencias.
7. Subsanación de las carencias de capacidad de respuesta.
8. Apoyo sobre el terreno.
9. Transporte y equipamiento.